Viernes, 17 Junio 2016
CARTA ABIERTA DE APOYO A GRAN LOGIA CONSTITUCIONAL

Hemos tomado debida nota de una Circular de la Gran Logia de Cuba de AA:. LL:. y AA:. MM:. que pretendiendo ser una denuncia de intromisión contra la Gran Logia Constitucional del Perú, en verdad se revela como un dogmático, prepotente y colonial escrito que expone de manera evidente la actitud coercitiva de aquella Gran Logia caribeña y cuyo contenido es contrario a los postulados masónicos universales, lo que explica y justifica a todas luces, el Auxilio Masónico que la Gran Potencia Peruana ofrece a los auténticos Hombres Libres y de Buenas Costumbres del hermano país americano.

 

Es el caso que la demostrada actitud de dócil sometimiento de la denunciante a la Gran Logia que pretende equívocamente desde 1717 ser la primigenia, le obliga asumir obviamente, definiciones inexistentes en el vocabulario masónico desde su lejano origen hasta 1929, cuando su poderdante inglesa “per se” emitió una circular de reconocimiento en 8 puntos el 4 de septiembre en la que se introduce el tema de su pretendida regularidad de origen. Es así que dentro de ese recortado esquema visual, se acusa a quienes no piensan como ellos de irregulares, que de suyo nosotros en un estricto sentido de igualdad podríamos decir lo mismo de aquellos que pretenden irrogarse ese privilegio inexistente.

 

Seguir pensando en una exclusiva  Masonería anglosajona, como se expresa en dicha circular, es suponer que la Tierra sigue siendo plana.

En lo principal se dice en ese escrito que tanto la “Respetable Logia Simbólica José Martí” de Palma Soriano  como  la R:.L:.S:. “Logia Ortodoxa de Francmasones Aurora”, son ilegales a los efectos de la legislación vigente en la República de Cuba”, con lo que se declara y acepta que ambas logias no tienen un punto geométrico conocido en Cuba y en consecuencia no son de ninguna Jurisdicción Masónica.

 

Es Derecho y Obligación de toda masón el congregarse en Logia y si la Jurisdicción territorial correspondiente le niega ese Derecho, ella no puede, por sentido común, acusar a otra Potencia de intromisión cuando acude al llamado de sus HH:. en desgracia. Desgracia porque quien debe cobijarlos los abandona y aunque enarbole las banderas de la Libertad, la Igualdad y la Fraternidad, no sabe sin embargo aceptar el libre pensamiento ni la diferencia de conceptos, y no es capaz de exigir igualdad de trato a quien los coloniza y no sabe brindar amor fraternal a sus hermanos e iguales.

Casi al finalizar el comunicado se insisten en el tema anterior: que las logias en mención no constituyen “Potencia Masónica Regular” y ratifican que dichas logias están operando ilegalmente en territorio jurisdiccional (no masónico), lo que de suyo configura de alguna manera el argumento de dichos RR:. y QQ:. HH:. de estar y sentirse amenazados en sus derechos humanos y ciudadanos, porque pueden ser acusados por cualquier cargo y se verían forzados, si les fuera posible, al exilio.

El principio de Libertad, Igualdad y Fraternidad, si lo hubiera en dicha jurisdicción, debió haber evitado la necesidad que aquellas logias y en el pleno ejercicio de su derecho acudan en pedido de Auxilio Masónico a una Gran Logia del Mundo libre, adogmatica y no sometida a Inglaterra, como la Gran Logia Constitucional del Perú y que tiene la capacidad de brindarles a nuestros RR:. y QQ:. HH:. cubanos su anhelada libertad para expresarse en la construcción de una sociedad fraterna e igualitaria.

Nuestra felicitación a la Gran Logia Constitucional del Perú, nuestra hermana y asociada, y a su Gran Maestro M:.R:.H:. Julio Carlos Pacheco Girón, por extender el brazo fraterno a los HH:. que lo solicitan, a nombre de nuestra M:.R:.H:. Licia Chuecas Velasquez, Gran Maestra de Masones de San Juan.

DIOS AMOR LOS BENDIGA

M:.R:.H:. JAVIER AGÜERO VEGA

GRAN CANCILLER

GRAN LOGIA MIXTA DEL PERU