CONSTITUCIONES
DE ANDERSON
Publicadas
el 17 de enero 1723
1.
LO QUE SE REFIERE A DIOS Y A
El Masón está obligado, por
vocación, a practicar la moral y si comprende sus deberes, nunca se convertirá
en un estúpido ateo, ni en un hombre inmoral. Aún cuando en los tiempos
antiguos los masones estaban obligados a practicar la religión que se observaba
en los países donde habitaban, hoy se ha creído más oportuno, no imponerle otra
religión que aquella en que todos los hombres están de acuerdo, y dejarles
completa libertad respecto a sus opiniones personales. Esta religión consiste
en ser hombre buenos y leales, es decir, hombres de honor y de probidad,
cualquiera que sea la diferencia de sus nombres o de sus convicciones. De este
modo
2.
DE
El masón, debe ser una persona
tranquila, sometida a las leyes del país donde esté establecido y no debe tomar
parte ni dejarse arrastrar en los motines o conspiraciones fraguadas contra la
paz y contra la prosperidad del pueblo, ni mostrarse rebelde a la autoridad
inferior, porque la guerra, la efusión de la sangre y los trastornos, han sido
siempre funestos para
3. DE LAS LOGIAS
La logia es el lugar donde los masones se reúnen para trabajar, y por extensión se da este nombre a toda asamblea de masones constituida; todos los hermanos deben formar parte de una logia y someterse a sus reglamentos particulares y a las ordenanzas generales.
Las Logias son particulares o
Generales y el mejor medio de distinguirlas en estos dos distintos caracteres
es visitarles y estudiar los actuales reglamentos de las Logias Generales o
Grandes Logias. Antiguamente los maestros y los miembros de éstas Logias, no
podían ausentarse, ni dejar de asistir a sus sesiones, cuando eran invitados,
sin incurrir en un castigo severo, a menos que hicieren conocer a los maestros
y a los inspectores, las causas que les habían impedido cumplir con este deber.
Las personas que querían ser admitidas en calidad de miembros de las Logias,
debían sr hombres buenos y leales, libres de nacimiento, de edad madura y
razonable y de buena reputación; estaba prohibido admitir en
4. DE LOS MAESTROS, INSPECTORES, COMPAÑEROS Y APRENDICES
Entre los Masones, las
preferencias no pueden fundarse exclusivamente, en el verdadero mérito
personal, se debe cuidar con especial atención de que los propietarios que
disponen las construcciones, serán servidos a su completa satisfacción; debe
procurarse que los hermanos no tengan porque avergonzarse de sus obras de que
Debe ser también, hijo de padres honrados, para que si posee otras cualidades, pueda llegar a obtener el puesto de inspector, de maestro de una Logia, de Gran Inspector y de Gran Maestro de todas las Logias, según su mérito y virtudes.
Los Inspectores han de ser miembros de la corporación y los maestros han debido desempeñar antes el cargo de Inspector.
Los Grandes Inspectores han de haber sido maestro de Logia, y en fin, para ocupar el puesto de Gran Maestro ha de poseerse el carácter perfecto de Masón.
El Gran Maestro debe ser noble de nacimiento, o bien ocupar una posición excepcional, de una educación perfecta, o bien un sabio distinguido, un arquitecto hábil, un hábil hijo de padres honrados, y además, las Logias deben reconocer en él un mérito real, y para que pueda llenar los deberes de su cargo de un modo más perfecto, se le autoriza para designar y nombrar un diputado que debe ser o haber sido maestro de una Logia Particular; el Diputado Gran Maestro, tiene el deber de realizar todos los actos que son de la competencia del Gran Maestro, su superior, en las ausencias de éste o por su delegado.
Todos los hermanos están
obligados a prestar obediencia a todas estas ordenanzas y a todos los
gobernantes superiores y subalternos de
5.
DEL REGLAMENTO DE
Durante los días laborables,
todos los masones deben trabajar lealmente, para que puedan disfrutar mejor del
dia de fiesta; el compañero de más conocimientos y experiencia, debe ser
elegido en calidad de maestro o superintendente de los trabajos de construcción
dispuestos por el propietario, y los que trabajan bajo sus órdenes deben
llamarle maestro. Los Compañeros deben evitar toda inconveniencia deshonesta y
el darse nombres poco decentes, se titularán mutuamente Hermanos o Compañeros y
conducirse cortésmente, tanto dentro como fuera de
El Maestro, debe emprender los trabajos del propietario en las condiciones más justas y equitativas, y emplear lo que a éste pertenezca, como si se tratase de sus propios bienes; y no dar a cada aprendiz o compañero más salario que el que realmente merezca. Maestros y masones, todos deben ser fieles al propietario que los ocupe y les paga religiosamente su salario, y ejecutar sus trabajos a conciencia, bien trabajes o jornal o a destajo.
Ningún hermano debe mostrarse celoso de la prosperidad de otro, ni atormentarlo o procurar separarlo de su trabajo cuando es capaz de ejecutarlo, porque ninguno puede terminar un trabajo empezado por otro en condiciones tan ventajosas como el que lo empezó, a no poseer un conocimiento profundo de los planos y dibujos de la construcción.
Si un Inspector de los trabajos, se elige entre los compañeros, debe ser fiel al maestro y a los compañeros; en ausencia del maestro, velará cuidadosamente, en interés del propietario, por la buena ejecución de los trabajos, y sus hermanos deben obedecerle.
Todos los masones recibirán su
salario con reconocimiento, sin murmuraciones ni observaciones y no abandonarán
a su maestro hasta que la obra termine. Debe enseñarse la obra a los hermanos
jóvenes, para que aprendan a emplear bien los materiales y para que por medio
de esta fraternal enseñanza se consolide entre ellos la más estrecha amistad;
todos los útiles empleados para los trabajos, deben ser aprobados por
En los trabajos exclusivos de
6.
DE
En
No se debe instruir comisión
particular alguna, ni entablar negociación sin haber obtenido la autorización
del maestro; no debe tratarse ninguna cuestión inoportuna o inconveniente; ni
interrumpir la palabra del maestro o de los inspectores o de cualquier hermano
que sostenga diálogo con el maestro. Tampoco deben emplearse frases jocosas
mientras
Si se presenta una queja contra
un hermano, el culpable debe someterse al juicio y a la decisión de
Conducta
que debe observarse cuando
Los hermanos pueden dedicarse a placeres inocentes, y regulares, mutuamente según los medios de cada cual, pero procurando evitar los excesos de todo género, sobre todo en la mesa. también deben abstenerse de decir y de hacer cosa alguna que pudiere herir o romper la buena armonía que entre todos debe reinar siempre; por ésta razón, no deben llevarse a éstas reuniones, odios privados sin motivo alguno de discordia y sobre todo, deben evitarse en absoluto las discusiones sobre religión y política, sobre nacionalidad, puesto que los masones, como antes hemos dicho, no profesan otra religión que la universal, y que pertenecen a todos los pueblos, a todas las lenguas, y son enemigos de toda empresa contra el gobierno constituido; la falta de observancia de éstos preceptos, han sido y serán siempre funestos para la prosperidad de las Logias.
En todo tiempo, la observancia de
éste artículo del reglamento, se ha impuesto con gran severidad, y más
especialmente después de la reforma de
Reglas
de conducta, cuando los hermanos se encuentran fuera de
Deben saludarse amistosamente, y
según está dispuesto, darse el nombre de hermanos, comunicarse recíprocamente
las noticias que puedan serles útiles, teniendo cuidado de no ser observados ni
oídos; deben evitar toda pretensión de elevarse sobre los demás, y dar a cada
uno la manifestación de respeto que se otorgarían a cualquiera que no fuese
masón; porque aún cuando todos los masones en calidad de hermanos están en la
misma altura,
Conducta que debe observarse delante de los que no son masones.
Deben los masones ser circunspectos en las palabras y sus obras, a fin de que los extraños, aún los más observadores, no puedan descubrir los que no es oportuno que aprendan; algunas veces debe aprovecharse el giro que toma la conversación, para hacer recaer ésta en la cofradía, y hacer con tal motivo su elogio.
Reglas de conducta que deben observarse por los masones en su propia casa y entre sus vecinos.
Los masones deben conducirse como conviene a un hombre prudente y moral, y no ocuparse de los asuntos de la logia con la familia, con los vecinos, con los amigos; y no perder de vista, en ningún caso, que el honor propio y el de la cofradía están unidos; esto, por razones que no podemos exponer aquí, no debe descuidarse los propios intereses, permaneciendo ausente de su casa después de las horas de la logia; evítense igualmente la embriaguez y las malas costumbres, para que no se vean abandonadas las propias familias, ni privadas de aquello que tienen derecho a esperar de los masones, y para que éstos no se vean imposibilitados para el trabajo.
Conducta que debe observarse con un hermano extranjero.
Es preciso preguntarle con precaución y del modo que la prudencia os aconseje, a fin de evitar el que, bajo falsas apariencias, seáis engañados, rechazadle con desprecio y tened cuidado de no hacer ningún signo de reconocimiento.
Pero si descubrís que es un verdadero hermano, debéis tratarlo como tal, y si tiene necesidad, debéis procurarle socorro o indicarle los medios de obtener esos socorros. Debe procurársele algunos días de trabajo, para que pueda instalarse; de todos modos no estáis obligados a hacer por él más de lo que vuestros recursos os permitan, debiendo tan sólo preferir a un hermano pobre que sea un hombre honrado, a otra cualquiera persona que se encuentre en iguales condiciones.
En fin, debéis conformaros a
todas estas prescripciones, así como a cuantas se os comuniquen por otro
conducto; debéis practicar la caridad fraternal, que es la piedra fundamental
la llave, el cimiento y la gloria de nuestra cofradía; debéis evitar toda
querelle, toda discordia, todo propósito calumnioso, toda maledicencia; no
permitir que en vuestra presencia se ataque la reputación de un hermano
respetable, en tal caso defenderlo para prestarle este servicio en tanto que lo
permitan vuestro honor y vuestros intereses; y si algún hermano os perjudica se
cualquier modo, debéis llevar vuestra queja a vuestra logia o a la de dicho
hermano, apelando si es preciso a
anual, según la buena y antigua costumbre observada por nuestros antepasados en todos los países. No debéis intentar proceso alguno, a menos que el caso no pueda resolverse de otra forma, y debéis acoger con deferencia los consejos amistosos del maestro y de vuestros compañeros, si tratan de evitaros que comparezcáis en juicio delante de extraños; en todo caso, debéis procurar presentar todos los medios para facilitar la acción de la justicia, a fin de que podáis ocuparos con toda tranquilidad de los asuntos de la cofradía.
En cuanto a los hermanos y
compañeros que tengan entre sí algunas diferencias, los maestros y los hermanos
pedirán consejo a los hermanos que conozcan el derecho, para proponer un
arreglo amistoso, que las partes en litigio aceptarán con reconocimiento. Si
éstos medios produjesen resalto, se aceptará sin demora el entrar en el pleito;
pero reprimiendo toda animosidad, toda cólera, absteniéndose de hacer o de
decir cosa alguna que pueda lastimar la caridad fraternal o interrumpir la
reciprocidad de las buenas relaciones, con objeto de que todos sientan la
influencia bienhechora de
LAS MODIFICACIONES DE 1738 Y 1813
El artículo primero de las Constituciones de Anderson (1723):
Un Masón está obligado por su
título a obedecer
El texto de 1738
(Este texto se modificó con
motivo de la transformación de
Un masón está obligado por su título obedecer a la ley moral en tanto que verdadero noaquita y si comprende bien la profesión, él no será nunca un ateo estúpido, ni un libertino irreligioso ni actuará en contra de su conciencia.
En los tiempos antiguos, los
masones cristianos eran llamados a actuar de acuerdo con las costumbres cristianas
de cada país donde ellos viajaban. Pero la masonería existente en todas las
naciones, aun de religiones diversas, lleva a que los masones adhieran a la
religión según la cual todos los hombres están de acuerdo (dejando a cada
hermano sus propias opiniones), es decir, ser hombres de bien y leales, hombres
de honor y de probidad, cualquiera sean los nombres, religiones o confesiones
que ayuden a distinguirlos: pues todos se articulan sobre los tres artículos de
Noé suficientes para preservar el fundamento de
El texto de 1813:
(Como fin de la larga división entre las "Antiguas" y las "Modernas", las dos corrientes se reunifican formando la actual Gran Logia Unida de Inglaterra que incluye el siguiente texto en sus nuevas constituciones:)
En lo que respecta a Dios y
De todos los hombres, él debe comprender mejor que Dios ve de otra manera que el hombre, pues el hombre ve la apariencia externa, en tanto que Dios ve el corazón. Un masón está, en consecuencia, restringido a no actuar nunca en contra de los mandatos de su conciencia.
Cualquiera sea la religión del hombre o su manera de adorar, no está excluido del Orden, considerando que él cree en el glorioso arquitecto del cielo y de la tierra y que él practica los deberes sagrados de la moral. Los masones se unen a los hombres virtuosos de todas las creencias en el lazo sólido y agradable del amor fraternal, que les enseña a ver los errores de la humanidad con compasión y a esforzarse por la pureza de su propia conducta, de demostrar la alta superioridad de la fe particular que ellos profesen.