INMIGRACIÓN : LA LAICIDAD COMO FACTOR DE INTEGRACIÓN.

 

 Comencemos por definir los términos que vamos a tratar. Según la RAE,

laicismo.

(De laico).

1. m. Doctrina que defiende la independencia del hombre o de la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier organización o confesión religiosa.

laico, ca.

(Del lat. laĭcus).

1. adj. Que no tiene órdenes clericales. U. t. c. s.

2. adj. Independiente de cualquier organización o confesión religiosa. Estado laico. Enseñanza laica.

 

Encontramos en el diccionario de la RAE el nombre “laicismo” y el adjetivo “laico” pero no el término “laicidad”.

He encontrado que “laicidad” es un vocablo usado en medios de comunicación, especialmente por sectores cercanos a la Iglesia católica que lo usan en contraposición a “laicismo”. Estos medios argumentan que el concepto de "laicidad positiva y abierta", promovido por Benedicto XVI en su visita pontificia a Francia es algo bueno mientras que el “laicismo” es considerado como hostil hacia las religiones e incompatible con la libertad religiosa.

 Si queremos usar el lenguaje con propiedad y para ello nos fijamos en la definición que da la RAE de laicismo citada anteriormente, vemos que dichos medios están equivocados, ya que el laicismo sólo defiende la independencia del Estado y las diferentes organizaciones religiosas sin atacar ninguna de ellas.

 Creo que esa dicotomía entre “laicismo” y “laicidad” no tiene sentido por lo siguiente:

-      cuando se usa el término “laicismo” en contraposición a “laicidad” se hace dándole un significado diferente al que realmente tiene según la RAE

-      personalmente entiendo que si “laicismo” es una doctrina, “laicidad” es la cualidad de la sociedad que sigue esa, y no otra, doctrina

-        y finalmente creo que considerar la “laicidad” como algo positivo porque el Papa así lo diga en público y considerar el “laicismo” como algo negativo, sólo responde, a mi juicio, a la necesidad de atacar al Estado que tienen medios cercanos a la Iglesia católica frente a determinados actos del actual gobierno como el matrimonio de homosexuales o el aborto que van en contra de sus creencias particulares.

 
        No podemos decir que “laicidad” está bien porque lo ha dicho el Papa, pero que el “laicismo” es malo porque ataca a la iglesia; si pensamos que el Estado español ataca a la Iglesia Católica de una u otra forma, digámoslo así, “el Estado español ataca a la Iglesia” pero no juguemos con el lenguaje y atribuyamos significados a palabras que no lo tienen en función de nuestras opiniones particulares.

 Entiendo que “laicismo” es según la RAE una doctrina que defiende la independencia del Estado de las organizaciones religiosas; y que la “laicidad”, a falta de una definición de la RAE, es, según el Papa Benedicto XVI algo “positivo y abierto”, y cito sus palabras "La laicidad en sí misma no es contradictoria con la fe, sino que la fe es fruto de una laicidad sana". El concepto de laicidad tiene --según Benedicto XVI-- matriz cristiano, recordando las palabras de Jesús: "Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”. Según Barbier, podemos definir la “laicidad” como la separación entre el Estado y la religión o como la neutralidad del Estado ante las creencias religiosas. (Barbier, M. La Laicité)

 No cabe aquí opinar o discutir sobre las políticas del Estado o si éstas son hostiles con la Iglesia católica, eso está dentro de la opinión de cada uno, yo voy a seguir mi plancha hablando del “laicismo” o de la “laicidad” (entendiendo ésta última como “cualidad de laicismo”) y de su idoneidad o no como factor de integración.

 En resumen, y para terminar esta primera parte, no existe a mi juicio diferencia alguna entre laicismo y laicidad.

 Centrémonos ahora en cómo el Estado se puede relacionar con la religión, podemos distinguir entre:

 -         teocracia

-         estado confesional

-         estado aconfesional

-         estado laico

-         estado ateo

 

-         La teocracia, del griego, Dios y dominio, se define como la sociedad en la que la autoridad política, considerada emanada de Dios, se ejerce por sus ministros, donde todo acto social o civil se hace religioso. Estas sociedades dirigen todos sus asuntos según los principios de la religión. Ejemplos actuales serían: el Vaticano, Irán, el régimen Talibán derrocado en Afganistán o el Tibet.

 -         Estados confesionales son regímenes en los que el Estado reconoce una religión oficial, si bien otras religiones se permiten practicar libremente. Esta situación se refleja en la legislación del estado, especialmente en la constitución. Ejemplos de estados confesionales en Europa son Reino Unido (Iglesia Anglicana), Mónaco (Iglesia Católica) o Grecia (Iglesia Ortodoxa Griega). Suecia separó la Iglesia del Estado en el año 1999, y en Dinamarca, Noruega o Islandia sigue existiendo una Iglesia Luterana estatal y el gobierno tiene un ministerio de asuntos eclesiales.

 -         Estados aconfesionales. Un estado aconfesional no reconoce ninguna religión oficial, aunque firmen tratados de cooperación con organizaciones religiosas. España es un estado aconfesional, según la Constitución Española de 1978: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

 -         El estado laico no establece tratados de colaboración con organizaciones religiosas y evita la interferencia de la religión en los asuntos de estado. No es un estado anticlerical que rechace las religiones o combata contra ellas, sino que es un Estado que garantiza la libertad de conciencia de todos los ciudadanos. Los estados laicos son la mayoría en el mundo, ejemplos son: EEUU, Chile o  Francia.

 -         Un estado ateo no permite prácticas religiosas y se opone a cualquier creencia, como sucedió en Albania hasta 1990.

 
    En mi opinión y tras una primera lectura no considero estados democráticos a los estados teocráticos y ateos ya que atentan contra las libertades fundamentales del individuo recogidas en los Derechos Humanos que en su artículo 18 dice: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”

 Centrémonos pues en los estados confesionales, aconfesionales y laicos, estudiándolos desde la perspectiva de la integración. Cuando hablamos de integrar nos referimos a hacer que alguien o algo pase a formar parte de un todo, esto es, hacer que todos los ciudadanos de nuestra sociedad sientan que forman parte de la misma.

 ¿Cuál es el mejor estado para conseguirlo: el confesional, el aconfesional o el laico?

 El estado confesional que reconoce una religión como oficial está dando, de una forma u otra, un trato preferente a los ciudadanos que profesen esa creencia determinada. Puede ser con financiación a una determinada religión o bien con actos nacionales públicos en los que intervengan funcionarios del Estado, reyes u otros, y que se desarrollen en el ámbito de una determinada religión. El trato preferente a una determinada creencia no contribuye, en mi opinión, a la integración de individuos con  diferentes credos o bien ateos o agnósticos.

 Entonces.... ¿cuál de los dos estados, el aconfesional o el laico contribuye mejor a la integración?

 Tomemos el ejemplo de España como estado aconfesional. En España se permite signos religiosos católicos en los juramentos de los cargos públicos, se mantienen cargos de capellanes en instituciones como el Ejército, se paga a profesores de religión católica que ejercen sus funciones en centros públicos y son elegidos por autoridades eclesiásticas, se financian colegios concertados que en la práctica no funcionan de forma democrática ya que seleccionan las solicitudes de ingreso, se mantiene en vigor un Concordato con la Santa Sede y según el artículo 27.3 de la Constitución: "Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones”. El Estado español tiene establecidos acuerdos de cooperación con diferentes confesiones religiosas tales como la evangélica, la islámica, o la israelí (leyes 24, 26 y 25 de 1992).

 Recordemos el pasado 11 de marzo de 2004 el funeral católico de Estado que se celebró en memoria de las víctimas del atentado terrorista de Madrid, muchas de las cuales no eran católicas. Por otro lado se ha creado la Fundación pública Pluralismo y convivencia que financia actividades de las confesiones religiosas llamadas minoritarias con el objetivo de darles visibilidad social y pública. Con los fondos de esta fundación se ha pagado el libro de texto «Descubrir el Islam»; además el estado paga a profesores de religión musulmana en ciudades como Melilla donde la mayoría de los estudiantes practican este credo.

 ¿Puede un estado aconfesional como el español, que sin embargo trata de forma preferente a la religión católica y comienza a invertir dinero y esfuerzo en la musulmana y otras, integrar a todos los españoles con opciones diferentes bajo un mismo concepto de ciudadanía? ¿Debe el Estado, financiado con el dinero de todos nosotros, creyentes, ateos o agnósticos, dedicarse a financiar, uno u otro credo?

 Según el barómetro del CIS de noviembre de 2008 el 73% de los españoles se considera católico, el 1.9% creyente de otra religión, el 15.9% no creyente, el 7% ateo y el 1.4 % no sabe / no contesta. De los encuestados que se definen creyentes, el 54.8% responde que casi nunca asiste a oficios religiosos.

 Leo en el periódico Público del pasado día 3 de enero:

 El Ejecutivo reformará en 2010 la Ley de Libertad Religiosa, vigente desde 1980. El objetivo, según De la Vega, no es otro que "adaptar la norma a la realidad vigente". Una realidad muy diferente a la de hace 30 años, cuando el catolicismo era la única confesión religiosa. Hoy, los católicos siguen siendo mayoría, pero junto a ellos conviven más de millón y medio de musulmanes, un millón largo de evangélicos y otros dos millones más de creyentes de otras religiones (mormones, Testigos de Jehová, judíos, budistas).

La voluntad del Gobierno es alcanzar "el mayor consenso posible" para esta reforma, en cuyo debate propone implicar a responsables de todas las confesiones consideradas "de notorio arraigo". Para ello, se pretende crear un observatorio sobre el pluralismo religioso, así como concluir con los estudios que, desde hace tres años, viene realizando la Fundación Pluralismo y Convivencia acerca de la situación religiosa en las principales capitales, comunidades autónomas y en el ámbito estatal.

 En mi opinión personal un estado laico, que no colabore con ninguna religión, es capaz de garantizar el trato igualitario de todos los ciudadanos mejor que un Estado aconfesional.

 El Estado laico no profesa ni privilegia a alguna o algunas religiones, no se pronuncia en materia religiosa y no ayuda a ningún credo. Este Estado defiende la sana convivencia de las creencias religiosas en su territorio pero no se identifica con ninguna; enmarca la religiosidad en el ámbito de lo privado, deja libertad de practicar o no una u otra creencia sin mostrarse hostil con ninguna de ellas.

 Si buscamos la integración de todos y cada uno de los ciudadanos, incluidos los agnósticos o ateos, hemos de excluir todo tipo de ingerencia de las autoridades religiosas en los espacios públicos. El Estado no sólo no debe favorecer a una religión sobre otra, sino que no debe favorecer a ninguna. Los poderes públicos deben orientarse hacia lo que es común a todos los hombres, más allá de sus diferencias particulares. Hemos de separar lo público (sanidad, educación, transportes, instituciones y administraciones públicas) de lo privado (religión u orientación sexual). Las leyes y servicios públicos de interés general deben beneficiar a todos y no sólo a unos pocos.

 Para concluir, en un modelo de Estado laico hay unidad, los ciudadanos están unidos por todos los valores que comparten, valores democráticos, solidarios, de respeto, etc.; y las diferencias de cultura o de religión, que puedan existir entre ellos, forman parte del ámbito privado de cada uno. La neutralidad del Estado laico impide cualquier privilegio de una organización religiosa, respetándolas a todas.

 Es por todo esto que, bajo mi punto de vista, el estado laico es el que mejor puede garantizar la integración de todos los ciudadanos en la sociedad.

 
Una Maestra Masona.