INMIGRACIÓN : LA LAICIDAD COMO FACTOR
DE INTEGRACIÓN.
Comencemos por definir los términos que vamos a
tratar. Según la RAE,
laicismo.
(De laico).
1. m. Doctrina que defiende la independencia del hombre o
de la sociedad, y más particularmente del Estado, respecto de cualquier
organización o confesión religiosa.
laico, ca.
(Del lat. laĭcus).
1. adj. Que no tiene órdenes clericales. U. t. c. s.
2. adj. Independiente de cualquier
organización o confesión religiosa. Estado laico. Enseñanza laica.
Encontramos en el diccionario de la RAE el nombre “laicismo” y el
adjetivo “laico” pero no el término “laicidad”.
He encontrado que “laicidad” es un vocablo usado en
medios de comunicación, especialmente por sectores cercanos a la Iglesia católica que lo
usan en contraposición a “laicismo”. Estos medios argumentan que el concepto de
"laicidad positiva y abierta", promovido por Benedicto XVI en su
visita pontificia a Francia es algo bueno mientras que el “laicismo” es
considerado como hostil hacia las religiones e incompatible con la libertad
religiosa.
Si queremos usar el lenguaje con propiedad y para
ello nos fijamos en la definición que da la RAE de laicismo citada anteriormente, vemos que
dichos medios están equivocados, ya que el laicismo sólo defiende la
independencia del Estado y las diferentes organizaciones religiosas sin atacar
ninguna de ellas.
Creo que esa dicotomía entre “laicismo” y “laicidad”
no tiene sentido por lo siguiente:
-
cuando se usa el
término “laicismo” en contraposición a “laicidad” se hace dándole un
significado diferente al que realmente tiene según la RAE
-
personalmente entiendo
que si “laicismo” es una doctrina, “laicidad” es la cualidad de la sociedad que
sigue esa, y no otra, doctrina
-
y finalmente creo que considerar
la “laicidad” como algo positivo porque el Papa así lo diga en público y
considerar el “laicismo” como algo negativo, sólo responde, a mi juicio, a la
necesidad de atacar al Estado que tienen medios cercanos a la Iglesia católica frente a
determinados actos del actual gobierno como el matrimonio de homosexuales o el
aborto que van en contra de sus creencias particulares.
No podemos decir que “laicidad” está bien porque lo
ha dicho el Papa, pero que el “laicismo” es malo porque ataca a la iglesia; si
pensamos que el Estado español ataca a la Iglesia Católica de una u otra
forma, digámoslo así, “el Estado español ataca a la Iglesia” pero no juguemos
con el lenguaje y atribuyamos significados a palabras que no lo tienen en
función de nuestras opiniones particulares.
Entiendo que “laicismo” es según la RAE una doctrina que defiende
la independencia del Estado de las organizaciones religiosas; y que la
“laicidad”, a falta de una definición de la RAE, es, según el Papa Benedicto XVI algo
“positivo y abierto”, y cito sus palabras "La laicidad en sí misma no es
contradictoria con la fe, sino que la fe es fruto de una laicidad sana". El
concepto de laicidad tiene --según Benedicto XVI-- matriz cristiano, recordando
las palabras de Jesús: "Dad al César lo que es del César y a Dios lo que
es de Dios”. Según Barbier, podemos definir la “laicidad” como la separación
entre el Estado y la religión o como la neutralidad del Estado ante las
creencias religiosas. (Barbier, M. La Laicité)
No cabe aquí opinar o discutir sobre las políticas
del Estado o si éstas son hostiles con la Iglesia católica, eso está dentro de la opinión
de cada uno, yo voy a seguir mi plancha hablando del “laicismo” o de la
“laicidad” (entendiendo ésta última como “cualidad de laicismo”) y de su
idoneidad o no como factor de integración.
En resumen, y para terminar esta primera parte, no
existe a mi juicio diferencia alguna entre laicismo y laicidad.
Centrémonos ahora en cómo el Estado se puede
relacionar con la religión, podemos distinguir entre:
-
teocracia
-
estado confesional
-
estado aconfesional
-
estado laico
-
estado ateo
-
La teocracia, del
griego, Dios y dominio, se define como la sociedad en la que la autoridad
política, considerada emanada de Dios, se ejerce por sus ministros, donde todo
acto social o civil se hace religioso. Estas sociedades dirigen todos sus
asuntos según los principios de la religión. Ejemplos actuales serían: el
Vaticano, Irán, el régimen Talibán derrocado en Afganistán o el Tibet.
-
Estados confesionales
son regímenes en los que el Estado reconoce una religión oficial, si bien otras
religiones se permiten practicar libremente. Esta situación se refleja en la
legislación del estado, especialmente en la constitución. Ejemplos de estados
confesionales en Europa son Reino Unido (Iglesia
Anglicana), Mónaco (Iglesia Católica) o Grecia (Iglesia Ortodoxa Griega).
Suecia separó la Iglesia
del Estado en el año 1999, y en Dinamarca, Noruega o Islandia sigue existiendo una Iglesia Luterana estatal y el gobierno tiene un ministerio de asuntos eclesiales.
-
Estados aconfesionales.
Un estado aconfesional no reconoce ninguna religión oficial, aunque firmen
tratados de cooperación con organizaciones religiosas. España es un estado
aconfesional, según la Constitución
Española de 1978: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal.
Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad
española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica
y las demás confesiones”.
-
El estado laico no
establece tratados de colaboración con organizaciones religiosas y evita la
interferencia de la religión en los asuntos de estado. No es un estado
anticlerical que rechace las religiones o combata contra ellas, sino que es un
Estado que garantiza la libertad de conciencia de todos los ciudadanos. Los
estados laicos son la mayoría en el mundo, ejemplos son: EEUU, Chile o Francia.
-
Un estado ateo no
permite prácticas religiosas y se opone a cualquier creencia, como sucedió en
Albania hasta 1990.
En mi opinión y tras una primera lectura no considero
estados democráticos a los estados teocráticos y ateos ya que atentan contra
las libertades fundamentales del individuo recogidas en los Derechos Humanos
que en su artículo 18 dice: “Toda persona tiene derecho a la libertad de
pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de
cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su
religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en
privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”
Centrémonos pues en los estados confesionales,
aconfesionales y laicos, estudiándolos desde la perspectiva de la integración.
Cuando hablamos de integrar nos referimos a hacer que alguien
o algo pase a formar parte de un todo, esto es, hacer que todos los
ciudadanos de nuestra sociedad sientan que forman parte de la misma.
¿Cuál es el mejor estado para conseguirlo: el
confesional, el aconfesional o el laico?
El estado confesional que reconoce una religión como
oficial está dando, de una forma u otra, un trato preferente a los ciudadanos
que profesen esa creencia determinada. Puede ser con financiación a una
determinada religión o bien con actos nacionales públicos en los que
intervengan funcionarios del Estado, reyes u otros, y que se desarrollen en el
ámbito de una determinada religión. El trato preferente a una determinada creencia
no contribuye, en mi opinión, a la integración de individuos con diferentes credos o bien ateos o agnósticos.
Entonces.... ¿cuál de los dos estados, el
aconfesional o el laico contribuye mejor a la integración?
Tomemos el ejemplo de España como estado
aconfesional. En España se permite signos religiosos católicos en los
juramentos de los cargos públicos, se mantienen cargos de capellanes en
instituciones como el Ejército, se paga a profesores de religión católica que
ejercen sus funciones en centros públicos y son elegidos por autoridades
eclesiásticas, se financian colegios concertados que en la práctica no
funcionan de forma democrática ya que seleccionan las solicitudes de ingreso,
se mantiene en vigor un Concordato con la Santa Sede y según el artículo 27.3 de la Constitución:
"Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para
que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con
sus propias convicciones”. El Estado español tiene establecidos acuerdos de
cooperación con diferentes confesiones religiosas tales como la evangélica, la
islámica, o la israelí (leyes 24, 26 y 25 de 1992).
Recordemos el pasado 11 de marzo de 2004 el funeral
católico de Estado que se celebró en memoria de las víctimas del atentado
terrorista de Madrid, muchas de las cuales no eran católicas. Por otro lado se
ha creado la Fundación
pública Pluralismo y convivencia que financia actividades de las confesiones
religiosas llamadas minoritarias con el objetivo de darles visibilidad social y
pública. Con los fondos de esta fundación se ha pagado el libro de texto
«Descubrir el Islam»; además el estado paga a profesores de religión musulmana
en ciudades como Melilla donde la mayoría de los estudiantes practican este
credo.
¿Puede un estado aconfesional como el español, que
sin embargo trata de forma preferente a la religión católica y comienza a
invertir dinero y esfuerzo en la musulmana y otras, integrar a todos los
españoles con opciones diferentes bajo un mismo concepto de ciudadanía? ¿Debe
el Estado, financiado con el dinero de todos nosotros, creyentes, ateos o
agnósticos, dedicarse a financiar, uno u otro credo?
Según el barómetro del CIS de noviembre de 2008 el
73% de los españoles se considera católico, el 1.9% creyente de otra religión,
el 15.9% no creyente, el 7% ateo y el 1.4 % no sabe / no contesta. De los
encuestados que se definen creyentes, el 54.8% responde que casi nunca asiste a
oficios religiosos.
Leo en el periódico Público del pasado día 3 de
enero:
El Ejecutivo
reformará en 2010 la Ley
de Libertad Religiosa, vigente desde 1980. El objetivo, según De la Vega, no es otro que
"adaptar la norma a la realidad vigente". Una realidad muy diferente
a la de hace 30 años, cuando el catolicismo era la única confesión religiosa.
Hoy, los católicos siguen siendo mayoría, pero junto a ellos conviven más de
millón y medio de musulmanes, un millón largo de evangélicos y otros dos
millones más de creyentes de otras religiones (mormones, Testigos de Jehová,
judíos, budistas).
La voluntad
del Gobierno es alcanzar "el mayor consenso posible" para esta
reforma, en cuyo debate propone implicar a responsables de todas las
confesiones consideradas "de notorio arraigo". Para ello, se pretende
crear un observatorio sobre el pluralismo religioso, así como concluir con los
estudios que, desde hace tres años, viene realizando la Fundación Pluralismo
y Convivencia acerca de la situación religiosa en las principales capitales,
comunidades autónomas y en el ámbito estatal.
En mi opinión personal un estado laico, que no
colabore con ninguna religión, es capaz de garantizar el trato igualitario de
todos los ciudadanos mejor que un Estado aconfesional.
El Estado laico no profesa ni privilegia a alguna o
algunas religiones, no se pronuncia en materia religiosa y no ayuda a ningún
credo. Este Estado defiende la sana convivencia de las creencias religiosas en
su territorio pero no se identifica con ninguna; enmarca la religiosidad en el
ámbito de lo privado, deja libertad de practicar o no una u otra creencia sin
mostrarse hostil con ninguna de ellas.
Si buscamos la integración de todos y cada uno de los
ciudadanos, incluidos los agnósticos o ateos, hemos de excluir todo tipo de
ingerencia de las autoridades religiosas en los espacios públicos. El Estado no
sólo no debe favorecer a una religión sobre otra, sino que no debe favorecer a
ninguna. Los poderes públicos deben orientarse hacia lo que es común a todos
los hombres, más allá de sus diferencias particulares. Hemos de separar lo público
(sanidad, educación, transportes, instituciones y administraciones públicas) de
lo privado (religión u orientación sexual). Las leyes y servicios públicos de
interés general deben beneficiar a todos y no sólo a unos pocos.
Para concluir, en un modelo de Estado laico hay
unidad, los ciudadanos están unidos por todos los valores que comparten,
valores democráticos, solidarios, de respeto, etc.; y las diferencias de
cultura o de religión, que puedan existir entre ellos, forman parte del ámbito
privado de cada uno. La neutralidad del Estado laico impide cualquier
privilegio de una organización religiosa, respetándolas a todas.
Es por todo esto que, bajo mi punto de vista, el
estado laico es el que mejor puede garantizar la integración de todos los
ciudadanos en la sociedad.
Una
Maestra Masona.