MUSEO VIRTUAL DE

 

HISTORIA DE LA MASONERÍA

 

    

 EDICTO DE ROTARIO (643)

 

144. De los maestros comacinis. Si el maestro comacini [constructor] con sus colegas, bajo su responsabilidad y por precio concertado asumiera la construcción o restauración de la casa de quienquiera y alguien fuera alcanzado por el mismo inmueble o por material suelto o por piedra del muro, no sea demandado el propietario de la casa sino que el maestro comacini junto a sus socios acuerde el homicidio o el daño; porque después que un negocio tiene precio definido ha de soportarlo con su beneficio y no se debe mantenerse el daño sin reparar.

145. De los maestros contratados o requeridos como asesores. Si alguien contratara o requiriera como asesor a uno o varios maestros comacinis para la realización de un trabajo o para prestar servicio de forma continuada como uno de sus asalariados en la construcción de una casa o inmueble y aconteciera que alguno de estos comacinis muere por causa de esta casa, no sea demandado por ello el propietario de la casa. En lo que respecta al árbol o a la piedra caída desde esta obra que mata a alguien ajeno a la misma u ocasiona un daño cualquiera, no sea reclamada la culpa al maestro, sino que aquél que contrató soporte este daño.

 

EDICTO DE LOS LONGOBARDOS

 

CAPITULO AÑADIDO AL EDICTO RECORDATORIO DE LOS HONORARIOS DE LOS MAESTROS COMACINIS REALIZADO POR GRIMOALDO O LIUTPRANDO

 

Esto es:

 1º.- Si hiciera sala, compútense seiscientas baldosas por un sueldo[1]; si enlosara terraza trescientas baldosas por sueldo; porque quince tejas cubren veinte pies.

 2º.- Pero si hiciera muro, tenga éste una altura de cinco pies y una anchura de un pie, y reciba un sueldo por cada doscientos veinticinco pies de longitud; y si la anchura aumentara hasta cinco pies reciba otro sueldo por cada uno. Pero si hubiera que trasladar el andamio, dése un sueldo por cada ciento ochenta pies. Estos honorarios recíbanse en dos partes[2]. Pero reciba un tremis[3]. cada cuarenta y cinco pies de longitud.

 3º.- Del mismo modo, si encalara muro, avance seiscientos pies por un sueldo. Y si cubriera con «opus gallicum[4]» cerrando la estructura con tablas, igualmente avance mil quinientos pies por sueldo. Y si arco alzara construya doce pies por cada sueldo.

 4º.- Pero si colocara en alto objetos mayores o menores, reciba un tremis por veinte cabezas; y cinco torsos o brazos sean computados como una cabeza.

 5º.- De las provisiones de los comacinis. Los maestros reciban como manutención por un tremis: tres modios[5] de cereal, diez libras[6] de cerdo, una urna[7] de vino, cuatro sextarios[8] de legumbres, un sextario de sal y compútese dentro de sus honorarios.

 6º.- De la obra. Del mismo modo si hiciera «opus romanum», sea computada así como «opus gallicum»: mil quinientos pies por un sueldo. Y es sabido que cuando una teja es colocada equivale a veinticinco cañas[9] y que ciento cincuenta tejas equivalen a dos mil quinientas tablas. Y si fundiera metal, seiscientos pies por un sueldo.

 7º.- De la chimenea. Si algunos maestros hicieran una chimenea, reciban por cada una un tremis. Y si hiciera vallas de abeto de doce pies reciba un sueldo. Pero si hicieran estrado, cuantos pies tenga tantas silicuas[10] reciban. Y si hiciera vallas con yeso, construya cuatro de ellas por cada tremis; pero las provisiones no le sean descontadas.

 8º.- El marmolista que hiciera planchas de marmol, denle un sueldo por quince pies; y si hiciera columnas de cuatro o cinco pies, denle un tremis por tres columnas: pero las provisiones no le sean descontadas.

 9º.- Del horno. Pero si alguien hiciera horno para cerámica suspendido sobre arcos que tuviera una capacidad para doscientas cincuenta piezas y tres o cuatro puertas y con un pináculo para  veinticinco piezas, reciba al momento un tremis; y si fuera para quinientas piezas, reciba dos tremises; y si fuera para mil piezas, reciba al momento cuatro tremises de honorarios.

 10º.- Del pozo. Si alguien hiciera pozo de cien pies de profundidad, reciba al momento veinte sueldos y las provisiones no le sean descontadas. Respecto del pozo de treinta y cinco pies reciba cuatro sueldos; por el pozo de veintiseis pies, tres sueldos; por el pozo de doce pies, un sueldo. Las provisiones no le sean descontadas. 

 NOTAS

[1] Moneda romana de oro de 4,568 gramos.

[2] La expresión «in longitudinem vero ter quinos per tremise» parece tratarse de un añadido posterior como indica su situación al final del precepto y que da entrada a una nueva valoración de los honorarios de los maestros comacinis motivada seguramente por una devaluación de la moneda áurea. Éstos pasarán a recibir ahora un tremis por cada fracción del muro con una longitud de cuarenta y cinco pies, lo que supone un incremento respecto a la regulación anterior del 66,66% y del 33,33% respectivamente. 

 

Antes

Ahora

Sin mover el andamio

1 sueldo = 225 pies

5 tremises = 225 (5 · 45) pies

Moviendo el andamio

1 sueldo = 180 pies

4 tremises = 180 (4 · 45) pies

 [3] Moneda romana de oro de 1,533 gramos (1/3 del sólido).

[4] Originariamente el «opus gallicum» hacía referencia a un tipo de aparejo de origen galo caracterizado por la utilización de vigas dispuestas ortogonalmente a la dimensión mayor del muro que por un lado constituyen la infraestructura básica y por otro refuerzan la estructura de sillares o mampostería. Por su parte, «opus romanum» era una expresión genérica que englobaba los distintos tipos de técnicas constructivas de muros utilizadas por los romanos y en las que se empleaban con exclusividad materiales de origen mineral. Entre ellos se pueden señalar como más característicos: el opus quadratum: hecho de sillares en hiladas horizontales a junta encontrada; el opus incertum o mampostería, hecha de piedras desiguales en las que sólo se cuida un poco su cara exterior y que suele compactarse con mortero de cal.; el opus caementicium, hormigón compuesto de un mortero de cal y arena con guijarros o trozos irregulares de piedra o el opus latericium realizado a base de ladrillos (a junta encontrada), compactados con mortero de cal. En este apartado concreto la expresión «opus gallicum» se ha extrapolado para designar por analogía las techumbres en las que se ha utilizado como material principal la madera; en contraposición al «opus romanum», que se verá más adelante, que señala el método habitual utilizado por los romanos para cubrir un edificio que era la colocación de elementos cerámicos como la teja.

[5] Medida de capacidad: 8,75 litros.

[6] Medida de peso: 322,45 gramos.

[7] Medida de capacidad: 13,13 litros.

[8] Medida de capacidad: 0,547 litros.

[9] El término «scindola» como «tejamanil» se refiere a la caña o tabla delgada y cortada en listones que se colocan como tejas en los techos de las casas.

[10] Moneda romana de plata de 0,19 gramos.

 

                  
       

 

Rabano Mauro (ca. 776 -  4 de febrero de 856) monje benedictino llamado primus praeceptor Germaniae, por haber dado notable impulso al centro cultural de Fulda.  Fue Abad de Fulda en 822 y en 847 promovido al arzobispado de Maguncia. De entre su numerosos descritos, destacan sus interesantes caligramas y juegos de palabras en forma de estrellas, cruces y otros símbolos. En otros, describe el lenguaje de cifras y palabras con las manos basándose en los usos de su Orden.

 

 

 

COMENTARIO

            Un Edicto del rey Rotario del año 643 recoge el Memoratorium de mercedibus commacinorum, luego ampliado por los reyes Grimaldo o Liutprando (publicado en Leges Langobardorum, cc. 144-145, Monumenta Germaniae Historica, Legum, ed. F. Beyerle, 1962, p. 37; t. IV, ed por G. H. Pertz, Stuttgart, 1868, pp. 176-180). En ellos se conceden una serie de privilegios, fundamentalmente económicos, a unos magistri commacini. Como ya apuntó el filólogo alemán G. H. Pertz en 1868, frente a la hipótesis que hace de commacini un locativo derivado de los habitantes de la isla del lago Como, el análisis lingüistico debe centrarse en que el texto longobardo no se refiere a los comacini, sino a los commacini, es decir, a los maestros “cum mako”, “cum machina” o “cum macina”.

            La palabra “mako”, procedente del antiguo verbo de origen germánico (franco) “makon” (alemán Mahen) que significa “construir” y del que deriva la palabra makjo, será incorporada al latín como “macione”. Así, San Isidoro de Sevilla menciona a los maciones o machiones como constructores de paredes, equivalentes a los muratores o murarii romanos. Poco tiempo después, la palabra macion derivará en maçon (constructor). Vid. Mario Solmi, “Maestri comacini o commacini?”, Artigianato e tecnica nella scietà dell’alto medioevo occidentale. Settimane di Studio del Centro italiano di studi sull’alto medioevo, Spoleto, 1971, pp. 409 y ss. Javier Alvarado, Heráldica, simbolismo y usos tradicionales de las corporaciones de oficio: las marcas de canteros, Madrid, 2009, p. 16.

 

 

        
  

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